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Nota de remisión: qué es, qué lleva y si vale ante el SAT

La nota de remisión es el papel que acompaña la entrega de un material o de un trabajo terminado: dice qué entregaste, cuánto, a quién y cuándo, y el cliente firma de recibido. No es factura (CFDI) ni la sustituye. Si tu cliente no pide factura, con ciertos datos puede servir como comprobante de venta al público en general que después juntas en tu factura global.

Equipo Delegable Actualizado el · 5 min de lectura

Cotización Total $4,640.00 Anticipo 50 %

Llevas cuatro protecciones a la casa del cliente, las instalas y te dice: «El resto se lo pago el viernes». El viernes no está, y el lunes ya no se acuerda si eran cuatro o tres. Una nota de remisión firmada evita esa plática.

Para qué sirve una nota de remisión

  • Deja constancia de lo que entregaste: material, piezas o un trabajo terminado, con cantidad y descripción.
  • Prueba que el cliente lo recibió, con su nombre y su firma, y en qué estado.
  • Te ayuda a cobrar después, cuando el pago no es al momento de entregar.
  • Te ordena: con un folio consecutivo encuentras rápido qué le entregaste a quién.

En oficios se usa mucho cuando entregas por partes (primero la estructura, luego la puerta), cuando el cliente paga a crédito o cuando una empresa te pide «la remisión» para pasar tu pago.

Qué lleva una nota de remisión

  1. Tus datos: nombre del negocio, teléfono, domicilio o zona de servicio y, si estás dado de alta, tu RFC.
  2. Folio consecutivo: R-0001, R-0002… sin saltarte números.
  3. Fecha y lugar de entrega.
  4. Datos del cliente: nombre o negocio, dirección donde entregaste.
  5. Lo que entregas: cantidad, unidad y descripción de cada cosa.
  6. Precio unitario e importe, si la nota también sirve para cobrar, y el total.
  7. Referencia a la cotización: «Según cotización COT-0042».
  8. Pagado y saldo: cuánto te han dado y cuánto falta.
  9. Observaciones: «Se entrega instalada y probada», «Cliente revisa medidas».
  10. Nombre y firma de quien recibe.

Modelo para copiar

Herrería La Tenaza · Tel. 33 1234 5678 · Zona Guadalajara

Nota de remisión R-0018 · 5 de noviembre de 2026 · Según cotización COT-0042

Cliente: Sra. Lucía Benítez · Calle Encino 214, Col. Las Fuentes

CantidadUnidadDescripciónPrecioImporte
2pzaProtección de ventana 1.2 × 1.0 m, tubular 1”, pintada$1,650$3,300
1pzaPuerta de herrería 0.9 × 2.1 m con chapa$6,800$6,800
1servInstalación y anclaje$900$900

Total: $11,000 · Anticipo recibido: $5,500 · Saldo: $5,500

Observaciones: se entrega instalado. El cliente revisó y recibió de conformidad.

Recibí: ______________________ (nombre y firma)

Cambia los datos por los tuyos. Si cobras IVA, agrega el renglón de IVA o la leyenda «IVA incluido».

¿La nota de remisión vale ante el SAT?

No es factura. El Código Fiscal de la Federación (artículo 29) dice que los comprobantes fiscales se emiten como documentos digitales a través del SAT: eso es la factura o CFDI. Una nota de remisión hecha en talonario, en Word o en una app no lo es, y no sustituye a la factura cuando tu cliente la pide.

Pero tiene un lugar. Cuando vendes al público en general (clientes que no piden factura), la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (regla 2.7.1.21) permite dar comprobantes simples, entre ellos notas impresas con folio consecutivo, siempre que lleven ciertos datos y que después juntes esas ventas en una factura global del periodo. Qué datos exactos, cada cuánto se hace la factura global y cómo se reporta depende de tu régimen. Pregúntale a tu contador antes de usar tus notas para eso.

Y ante tu cliente, sí cuenta. La Ley Federal de Protección al Consumidor (artículo 12) obliga a entregar «factura, recibo o comprobante» con los datos de lo que se vendió o del servicio. Una nota clara cumple con eso entre ustedes.

Remisión, nota de venta, cotización y factura

DocumentoCuándoQué dice¿Es factura?
CotizaciónAntes del trabajoQué harás y cuánto cuestaNo
Nota de remisiónAl entregarQué entregaste y que lo recibieronNo
Nota de venta o reciboAl cobrarCuánto pagó y por quéNo
Factura (CFDI)Cuando la piden o te toca emitirlaEl comprobante fiscalSí

Más detalle en cotización, remisión, recibo y factura: en qué se diferencian.

El camino de un trabajo

  1. Cotización aceptada. El cliente confirma y deja el anticipo; le das su recibo de anticipo.
  2. Entrega. Instalas o entregas el material y el cliente firma la nota de remisión.
  3. Cobro del saldo. Le das recibo de lo que pagó.
  4. Factura, si la pide. Se emite por la operación; cómo se trata el anticipo lo decide tu contador. Lo explicamos en ¿el anticipo lleva IVA?.

Errores comunes

  • Notas sin folio. No sabes cuántas hiciste ni puedes buscarlas.
  • No pedir firma. Sin firma, la nota dice lo que tú escribiste, no lo que el cliente recibió.
  • Precios distintos a la cotización. Si algo cambió, que se note y que esté aceptado por escrito.
  • Usarla como si fuera factura. Si el cliente necesita deducir, va a pedir su CFDI.
  • No anotar el estado de la entrega. «Se entrega sin pintura, a petición del cliente» te ahorra un reclamo.

Con el Cotizador: haces la cotización con folio, el RFC de tu cliente si lo necesitas y el anticipo; con «Pago ya recibido» la cotización muestra lo que falta por pagar. El Cotizador no hace notas de remisión ni facturas: esas se hacen aparte, y el folio de tu cotización te sirve de referencia en las dos.

Información general, no asesoría fiscal. Para tu caso, consulta a tu contador o al SAT.

Preguntas frecuentes

¿Nota de remisión y nota de venta son lo mismo?

Se parecen y en la práctica muchos negocios usan una sola nota. La de remisión acompaña la entrega (qué entregaste y que lo recibieron); la de venta comprueba el pago. Si cobras al entregar, una nota con los dos datos te sirve para ambas cosas. Ninguna es factura.

¿Tengo que dar factura si el cliente la pide?

Si estás dado de alta ante el SAT, sí: cuando el cliente pide factura, se emite en el sistema del SAT o con tu proveedor de facturación. La nota de remisión no la reemplaza.

¿Puedo hacer la nota de remisión a mano?

Sí. Usa un talonario con folio consecutivo, original para el cliente y copia para ti. Si quieres que además te sirva ante el SAT como comprobante de venta al público en general, pregúntale a tu contador qué datos debe llevar según tu régimen.

¿La nota de remisión lleva IVA?

Lleva el precio de lo que entregas. Si tu negocio cobra IVA, dilo en la nota: desglosado (subtotal, IVA y total) o con la leyenda «IVA incluido». Que no quede la duda.

Fuentes

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